¿Los sneakers tienen derechos de autor?

En Desempacados hemos hablado constantemente de todos los escenarios que se desenvuelven alrededor de nuestra escena: los buenos, los malos, los que nos benefician y hasta los que nos perjudican. Principalmente con el único objetivo de que conozcamos más la industria que amamos desempacar, y sobre todo porque el conocimiento es poder sobre nuestro consumo: un consumidor con conocimiento mueve a la industria hacia mejores horizontes que uno que no.

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En días pasados, pudimos ser testigos de uno de los lanzamientos más controvertidos y que contrapone la idea de originalidad bajo la cual están construidas muchas marcas . Lo que a muchos llamó la atención por el parecido y nos hizo preguntarnos ¿En el mundo de los sneakers existen los derechos de autor? Y si es así ¿Por qué existen tantos pares similares entre sí? 

Hay que partir de que en el mundo en general, existen diferentes formas de proteger las ideas. Existen las marcas, las patentes, las licencias y los derechos de autor, y la diferencia entre ellos, es lo que protegen. Las marcas por supuesto distinguen un producto de otro, las patentes protegen invenciones, procesos y algunos diseños, las licencias logos y elementos que distingan a la marca de otras y los derechos de autor expresiones que surjan de ello como videos, canciones o ilustraciones que se generen a partir de un lanzamiento (como por ejemplo, un comercial o una pieza de música que se haya usado exclusivamente para un comercial).

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En el mundo de los sneakers, la propiedad intelectual protege: las tecnologías, las marcas, la transmisión, las licencias o patrocinios, el diseño y hasta los Juegos Olímpicos (así es, para usar el logo o inclusive un hashtag debes pagar). Pero entonces, si todos estos elementos están protegidos ¿Por qué otras marcas o incluso cadenas de tiendas copian «sin problema» alguno diseños de sneakers? 

La respuesta no tiene que ver con el poder que una marca tenga sobre el mundo de la moda, sino las leyes bajo las cuales sus diseños están protegidos y es que, éstos últimos sólo pueden ser protegidos por licencias o derechos de autor, los cuales son negociables.

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Es decir, tomando como ejemplo un Air Max, la cápsula de aire y tecnologías que se desarrollaron para crear este par, pueden estar protegidas incluso por una patente (cuya negociación para su uso es sumamente cara), los logos forman parte de las marcas, cuya negociación ni siquiera puede estar puesta sobre la mesa, pero el diseño de la silueta si, porque al no ser un proceso, un invento y sólo ser un diseño, sólo puede ser protegido por licencias o derechos de autor.

Esto por supuesto, abre las puertas a que cualquier cadena o diseñador pueda comprar estas licencias y hacer uso de ellas bajo las condiciones que la marca estipule. Incluso si llegara a usarlas «sin permiso» dentro del juicio, podría haber una negociación pero no la protección total del diseño. Incluso la marca puede hacer uso de estas licencias entre pares, por eso hay algunos modelos que tienen una gran similitud entre ellos. Lo malo viene cuando otras marcas, hacen uso de ellas.

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Lo único que pudiera pasar para que esto dejara de ocurrir y los diseños fueran realmente protegidos como es debido (y ninguna otra marca pudiera copiarse entre si o ser víctima de plagio) es que los diseños fueran protegidos como patentes o marcas y no con licencias o derechos de autor.

Mientras tanto, lo único que podemos hacer como consumidores es evitar caer en tentaciones, apoyar los modelos que representan una verdadera muestra de original y siempre tener pleno conocimiento de lo que estamos desempacando.